BANDERA URUGUAY

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martes, 17 de noviembre de 2015

EL SALARI Y LA NOMINA

SALARIO

PAGA O REMUNERACION REGULAR

NOMINA

RELACION NOMINAL DE LOS INDIVIDUOS QUE EN UNA OFICINA PUBILICA O PARTICULAR HAN DE RECIBIR HABERES Y JUSTIFICAR CON SU FIRMA HABERLOS RECIBIDO

QUE TIENE QUE HABER UNA NOMINA?

NOMBRE NIF Y CIF TRABAJADOR Y EMPRESA


  • Datos identificativos de la empresa, dirección del centro de trabajo y código cuenta cotización en el que está incluido el trabajador.
  • Datos básicos del trabajador, tipo de contrato, categoría, antigüedad en la empresa.
  • Periodo de liquidación al que corresponde dicha nómina.
  • Detalle de las percepciones salariales y extrasalariales que componen la retribución bruta del trabajador.
  • Detalle de las deducciones que se le practican al salario bruto, bien marcadas por la legislación vigente, bien por otro tipo de deducciones que haya que aplicarle a la nómina, como anticipos o embargos en la nómina.
  • Líquido a percibir, dado que la nómina tiene consideración de documento acreditativo del pago de salarios.
  • Detalle de las bases de cotización de la nómina, junto con el detalle del cálculo de las deducciones por el IRPF.
  • Lugar de emisión y firma y sello por la empresa y trabajador.

Salario bruto
Es el dinero total que percibe un trabajador por el trabajo que desempeña antes de que al mismo se le resten las correspondientes retenciones y cotizaciones que se practican en la nómina. Así definido, el salario es una retribución dineraria, pero el empleado puede recibir otras retribuciones en especie (en forma de viajes, cesión de una vivienda, etc.).
Salario neto
Es el sueldo percibido por el trabajador una vez que se le han aplicado las mencionadas retenciones y cotizaciones, es decir, es el dinero que el trabajador recibirá efectivamente en mano o el que se depositará en su cuenta; por tanto, el salario bruto siempre será mayor que el salario neto.
Descuentos que puede haber en una nómina
Hay dos tipos de descuentos diferentes, los descuentos obligatorios por ley y los descuentos que se deben aplicar en virtud de cualquier otro tipo de normativas o circunstancias.
Descuentos por ley: vienen establecidos por ley en concepto de obligaciones fiscales o asimiladas correspondientes al trabajador; la empresa no sólo puede, sino que debe hacer esos descuentos.
Hay dos grupos de deducciones diferentes: las que se destinan al pago de las cotizaciones a la seguridad social a cargo del trabajador, y las correspondientes a los pagos a cuenta del IRPF del trabajador.
Las cotizaciones a la seguridad social a cargo del trabajador se calculan mediante la aplicación de un porcentaje sobre la base de cotización. Este pago cubre tres conceptos distintos con un porcentaje máximo del 6,35% sobre la base de cotización. El porcentaje que se abona se distribuye entre:
  • Contingencias comunes
  • Desempleo e incapacidad temporal
  • Formación profesional
En el caso de los pagos a cuenta del IRPF, se realiza también un descuento, mediante la aplicación de un porcentaje, que tiene la consideración de pago a cuenta para la declaración de la renta del trabajador.
En el caso de que el trabajador perciba retribuciones en especie, los pagos a cuenta consisten en los denominados ingresos a cuenta. La retribución en especie se percibe según cuál sea la forma de prestación, pero el ingreso a cuenta se detrae de la nómina.




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